Art. 29
Título TÍTULO III

Art. 29

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En vigor desde 22 may 2010
La Junta de Jefes de las Policías Locales de La Rioja es un órgano formado por todos los jefes de los Cuerpos de Policía Local existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Realizará funciones de asesoramiento técnico y unificación de criterios en materia de formación e intervención policial, estando facultada para elevar propuestas en estas materias a la Consejería y al resto de órganos competentes en materia de interior. Asimismo, velará por la armonización y homologación de criterios de actuación e intervención policial.
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eli/es-ri/l/2010/05/14/5#art-29