Art. 23
Título TÍTULO III

Art. 23

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En vigor desde 22 may 2010
Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de interior, dictar las disposiciones generales de coordinación con forma de decreto en el marco de la presente ley, previo informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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eli/es-ri/l/2010/05/14/5#art-23