Art. 102
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Gobierno y administración provisionales

Art. 102

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En vigor desde 23 jul 2010
Las alteraciones de términos municipales, aunque produzcan cambios en la población de los municipios afectados, en ningún caso supondrán modificaciones en el número de concejalías de los respectivos ayuntamientos hasta la celebración de las próximas elecciones municipales.
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