Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Medidas Provisionales

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 9 ago 2009
La Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de las Consejerías competentes, promoverá la suscripción de convenios de colaboración con los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales para implantar programas educativos que sensibilicen frente al ruido a los alumnos de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
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