Art. Disposición final quinta
Título TÍTULO V

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 1 ene 2009
Se modifica la letra d) del apartado 2 del artículo 44 de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario, que queda redactada del modo siguiente: «d) Conceder subvenciones en el ámbito de las competencias de la Gerencia Regional de Salud, en los términos previstos en la legislación que resulte de aplicación.»
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