Art. 4
Título TÍTULO I

Art. 4

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En vigor desde 31 dic 2008
Los órganos del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo son los siguientes: a) De dirección y ejecución: la Dirección. b) De asesoramiento y participación: el Consejo Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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