Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 3
34 / 75En vigor desde 31 dic 2008
El Instituto Cántabro ajustará su actuación a los principios de organización y funcionamiento establecidos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En particular, se acomodará a los siguientes principios:
a) Acceso universal.
b) Racionalización y eficacia en los procedimientos.
c) Planificación y coordinación administrativa.
d) Eficiencia en la gestión de los recursos.
e) Transparencia y publicidad en la actuación administrativa.
f) Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación.
g) Colaboración y coordinación con la Dirección General competente en materia de trabajo, al objeto de gestionar de manera integrada la política de prevención de riesgos laborales.
h) Colaboración y coordinación con las distintas Administraciones Públicas.
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Proeli/es-cb/l/2008/12/19/5#art-3-1