Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 24 jul 2007
Se crea el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, adscrito a la Consejería competente en materia de cultura, como entidad de derecho público de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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