Capítulo CAPÍTULO III
Art. 10
11 / 25En vigor desde 27 may 2006
El régimen de indemnizaciones y compensaciones por asistencias a las reuniones de los miembros de los diferentes comités de la Agència y demás expertos, en las tareas de evaluación y acreditación de las diversas áreas, se determinará reglamentariamente, en la cuantía que se establezca a tal efecto en los presupuestos de la Agència, previo informe favorable de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
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Proeli/es-vc/l/2006/05/25/5#art-10