Art. 25
Título TITULO IICapítulo CAPITULO I

Art. 25

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En vigor desde 18 jul 2006
Son precios públicos los ingresos no tributarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, derivados de las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan a su Administración por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

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BOA-d-2006-90022#art-25