Art. 24
Título TITULO ICapítulo CAPITULO III

Art. 24

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En vigor desde 18 jul 2006
La calificación de las infracciones tributarias y la imposición y graduación de las sanciones que corresponda aplicar, se realizará conforme a lo dispuesto en la Ley General Tributaría, normas complementarias y disposiciones de desarrollo.

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BOA-d-2006-90022#art-24