Art. Disposición transitoria séptima
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria séptima

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En vigor desde 4 nov 2006
Las solicitudes de autorización de usos y actividades en suelo no urbanizable iniciadas con anteriori­dad a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la normativa vigente en el momento de la solicitud.
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