Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 229
231 / 267En vigor desde 4 nov 2006
La aplicación de lo previsto en este Capítulo se hará sin perjuicio de la imposición cuando proceda de las sanciones reguladas en la legislación urbanística o de cualquier otra medida de disciplina urbanística.
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Proeli/es-ri/l/2006/05/02/5#art-229