Art. 175
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Expropiaciones por incumplimiento de la función social de la propiedad

Art. 175

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En vigor desde 4 nov 2006
La expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad se podrá aplicar por inob­servancia de los plazos establecidos para la urbanización de los terrenos y su edificación, o, en general, de los deberes urbanísticos básicos, y especialmente en los supuestos de parcelaciones ilegales. En este último caso, del justiprecio se deducirá el importe de la multa que pudiera corresponder.
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eli/es-ri/l/2006/05/02/5#art-175