Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Sistema de expropiación
Art. 153
155 / 267En vigor desde 4 nov 2006
Cuando se fije la expropiación como sistema de actuación para una unidad de ejecución, podrán utilizarse las formas de gestión que permita la legislación por la que se rija la Administración actuante y resulten más adecuadas a los fines de urbanización y edificación previstos en el planeamiento.
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Proeli/es-ri/l/2006/05/02/5#art-153