Art. 569 · -27
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección tercera. Derecho de hipoteca§ Subsección primera. Disposiciones generales

Art. 569

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En vigor desde 1 jul 2006
Pueden hipotecarse, además de los bienes y derechos hipotecables de acuerdo con la legislación hipotecaria, los establecidos por la subsección segunda, de acuerdo con lo dispuesto por dicha subsección.
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eli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-569-26