Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección tercera. Derechos de retracto legales›§ Subsección primera. Retracto de colindantes
Art. 568
353 / 435-16
En vigor desde 1 jul 2006
El retracto de colindantes es el derecho legal de adquisición que se produce en los casos y con los requisitos establecidos por la presente subsección, en virtud del cual sus titulares se subrogan en la posición jurídica de los adquirentes.
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Proeli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-568-15