Art. 561 · -19
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección segunda. Extinción, liquidación y acciones en defensa del usufructo

Art. 561

246 / 435

-19

En vigor desde 1 jul 2006
Se aplican al justiprecio, en caso de expropiación forzosa de los bienes objeto del usufructo, las reglas del usufructo de dinero del artículo 561-33, salvo que las personas interesadas pacten otra cosa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-561-18