Art. 553 · -35
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección segunda. Propiedad horizontal simple

Art. 553

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En vigor desde 20 jun 2015
Los anexos se determinan en el título de constitución como espacios físicos o derechos vinculados de modo inseparable a un elemento privativo, no tienen cuota especial y son de titularidad privativa a todos los efectos. Se modifica por el art. 1 de la Ley 5/2015, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-2015-6013 .

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Pro

eli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-553-35