Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección tercera. Donación
Art. 531
27 / 435-7
En vigor desde 1 jul 2006
La donación es el acto por el que los donantes disponen a título gratuito de un bien a favor de los donatarios, los cuales lo adquieren si lo aceptan en vida de aquellos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-531-6