Art. 531 · -6
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección segunda. Tradición

Art. 531

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En vigor desde 1 jul 2006
Los gastos de entrega del bien transmitido corren a cargo de los transmitentes. Los gastos del otorgamiento de la escritura y de la expedición de primera copia y los demás gastos posteriores a la transmisión corren a cargo de los adquirentes, salvo que una disposición especial o un pacto establezcan lo contrario.
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eli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-531-5