Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección cuarta. Usucapión
Art. 531
43 / 435-23
En vigor desde 1 jul 2006
1. La usucapión es el título adquisitivo de la propiedad o de un derecho real posesorio basado en la posesión del bien durante el tiempo fijado por las leyes, de acuerdo con lo establecido por la presente sección.
2. El efecto adquisitivo se produce sin necesidad de que la persona que adquiere por usucapión haga ninguna actuación.
3. El efecto adquisitivo no perjudica a los derechos reales no posesorios o de posesión compatible con la posesión para usucapir si los titulares del derecho real no han tenido conocimiento de la usucapión.
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Proeli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-531-22