Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 5 jun 2005
Los espacios naturales protegidos existentes con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley mantienen la naturaleza de sus respectivas declaraciones y su régimen jurídico. La reserva natural de la Albufereta queda recalificada como reserva natural especial.
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