Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria segunda
50 / 54En vigor desde 19 ene 2006
Se faculta al Consejo de Gobierno para habilitar los créditos necesarios para el funcionamiento del Procurador General hasta tanto se cree su propia Sección en el estado de gastos de los presupuestos generales del Principado de Asturias.
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Proeli/es-as/l/2005/12/16/5#disposicion-transitoria-segunda