Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 29
31 / 126En vigor desde 25 jun 2005
El personal docente e investigador está constituido por el profesorado de los cuerpos docentes universitarios y por el personal contratado con carácter indefinido o temporal, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Universidades y en la presente Ley. También se incluirán dentro de él quienes solamente desempeñen actividades investigadoras en las universidades, de acuerdo con lo dispuesto por la normativa aplicable.
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Proeli/es-ar/l/2005/06/14/5#art-29