Art. 13 bis
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 13 bis

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En vigor desde 27 ago 2022
La resolución del Gobierno de Aragón sobre la adscripción mediante convenio a una universidad de centros docentes para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se adoptará en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales, sin resolución expresa, se entenderá rechazada. Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el .1 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo. Ref. BOE-A-2022-9438#a2-2 , entra en vigor el 27 de agosto de 2022, según establece la disposición final 4. Se añade, con efectos desde el 27 de agosto de 2022, por el .1 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo. Ref. BOE-A-2022-9438#a2-2

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Pro

eli/es-ar/l/2005/06/14/5#art-13-bis