Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 126En vigor desde 25 jun 2005
1. La presente Ley tiene como objeto la ordenación y coordinación del sistema universitario de Aragón, en ejercicio de las competencias propias de la Comunidad Autónoma de Aragón, con respeto al principio de autonomía universitaria y en el marco del sistema universitario español y del espacio europeo de educación superior.
2. Corresponde al Gobierno de Aragón y a las universidades el impulso y el desarrollo del sistema universitario de Aragón.
3. Igualmente, por medio de esta Ley se regula el Consejo Social de la Universidad de Zaragoza y se crea la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón.
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Proeli/es-ar/l/2005/06/14/5#art-1