Art. 60
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 60

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En vigor desde 25 may 2004
1. La negativa absoluta a la actuación de los servicios de inspección. 2. Las coacciones, amenazas, injurias, represalias, agresiones o cualquier otra forma de presión ejercida sobre los inspectores, siempre que éstas no sean constitutivas de delito o falta.
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