Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria segunda
94 / 98En vigor desde 26 jun 2015
(Derogado).
Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por la disposición derogatoria única de la Ley 6/2015, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-2015-4102#ddunica , entra en vigor el 26 de junio de 2015, según determina su disposición final 16: Redacción anterior: " La aplicación de la Tasa de Extinción de Incendios Forestales regulada en el Título VI de la presente Ley se producirá transcurridos dos años a partir de la entrada en vigor de los Planes PREIFEX, INFOEX y de Defensa de las Zonas de Alto Riesgo de Incendio o de Protección Preferente."
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 6/2015, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-2015-4102#ddunica
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2004/06/24/5#disposicion-transitoria-segunda