Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

96 / 98
En vigor desde 30 jun 2004
A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2004/06/24/5#disposicion-derogatoria-unica