Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección primera. Normas comunes
Art. 44
44 / 98En vigor desde 30 jun 2004
La elaboración de los planes previstos en el artículo 43 tendrá carácter obligatorio en los términos previstos en esta Ley y demás normativa aplicable.
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Proeli/es-ex/l/2004/06/24/5#art-44