Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección segunda. Plan PREIFEX
Art. 24
24 / 98En vigor desde 30 jun 2004
1. El Plan PREIFEX será aprobado por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de incendios forestales.
2. El Consejero competente en materia de incendios forestales, mediante Orden, aprobará las actualizaciones del Catálogo de Medios del Plan PREIFEX.
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Proeli/es-ex/l/2004/06/24/5#art-24