Art. 29
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 29

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En vigor desde 23 abr 2003
Las funciones de autoridad sanitaria comprenden: a) Las autorizaciones administrativas sanitarias y la ordenación y la gestión de los registros sanitarios. b) Las declaraciones de interés sanitario. c) Las acreditaciones y certificaciones de centros, servicios y profesionales sanitarios y de las actividades de formación de éstos. d) La inspección de las actividades que afectan a la salud de las personas. e) El ejercicio de la potestad sancionadora en materia sanitaria.
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