Art. 9
Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO PRIMERO

Art. 9

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En vigor desde 28 abr 2003
1. Las Administraciones Públicas de Castilla y León fomentarán e impulsarán la participación de las personas mayores en la vida política, económica, cultural y social en cualesquiera ámbitos y asuntos que sean de su interés, apoyando el asociacionismo en este sector de la población. 2. Dentro del respeto a la Constitución y a las leyes, las Administraciones Públicas de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, garantizarán el libre ejercicio de este derecho.
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