Título TÍTULO TERCERO›Capítulo CAPÍTULO SEGUNDO
Art. 38
38 / 77En vigor desde 28 abr 2003
1. Las Administraciones Públicas promoverán, en los niveles de educación obligatoria, contenidos específicos dirigidos a potenciar la solidaridad intergeneracional y actitudes positivas hacia el envejecimiento.
2. La Junta de Castilla y León elaborará un plan de formación, investigación y actualización científico-técnica en materia de personas mayores en colaboración con las Universidades públicas de nuestra Comunidad y otras entidades sin ánimo de lucro, dirigido preferentemente a los trabajadores sanitarios y sociales, así como a los familiares y miembros de asociaciones de ayuda y autoayuda.
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Proeli/es-cl/l/2003/04/03/5#art-38