Art. 29
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 29

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En vigor desde 1 nov 2002
Los objetivos de la política ambiental de la Comunidad Autónoma de La Rioja deberán integrarse en la planificación y programación del resto de sus políticas sectoriales.
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eli/es-ri/l/2002/10/08/5#art-29