Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
124 / 124En vigor desde 7 may 2002
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2002/04/04/5#disposicion-final-segunda