Art. 11
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

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En vigor desde 7 may 2002
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón establecerá un registro de los terrenos sometidos a las diferentes clasificaciones cinegéticas, que será publico y deberá actualizarse anualmente, antes del inicio de la temporada de caza.
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