Título TÍTULO V
Art. 31
31 / 49En vigor desde 18 sept 2002
1. Son sujetos responsables de las infracciones administrativas derivadas de esta Ley y de sus normas de desarrollo, las personas físicas o jurídicas que estén obligadas al cumplimiento de lo en ellas preceptuado.
2. Cuando el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere esta Ley corresponda a varias personas conjuntamente, responderán solidariamente de las infracciones que, en su caso, se cometan y de las sanciones que se impongan.
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Proeli/es-ex/l/2002/05/23/5#art-31