Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 27 abr 2002
La Consejería de Medio Ambiente nombrará, mediante pruebas objetivas, al Director Conservador del Parque Natural de Arribes del Duero, en el plazo de tres meses desde la constitución de la Junta Rectora y oída la misma.
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