Art. 9
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 9

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En vigor desde 16 abr 1999
1. La Consejería de Educación y Cultura elaborará y mantendrá actualizada la relación de las ayudas, subvenciones y medidas de promoción del libro adoptadas por la Comunidad de Madrid vigentes en cada momento. Dicha relación será pública y se comunicará periódicamente por la Consejería a las organizaciones empresariales y profesionales del sector. 2. Asimismo, la Consejería de Educación y Cultura facilitará información actualizada a los interesados sobre las ayudas establecidas por otras Administraciones públicas y por la Unión Europea para el fomento y promoción del libro y de la lectura o de actividades relacionadas con este objetivo.
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