Capítulo CAPÍTULO III
Art. 7
7 / 34En vigor desde 16 abr 1999
1. La Comunidad de Madrid, a través de Orden de la Consejería de Educación y Cultura, establecerá ayudas económicas y prestará asistencia técnica, en la forma y requisitos que en cada caso se determinen, para la promoción y realización de actividades feriales relacionadas con el libro en los municipios de su territorio, ya sea a favor de entidades locales o de los organismos e instituciones que tengan esa finalidad.
2. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación y Cultura, fomentará la asistencia de las empresas madrileñas del sector del libro a ferias o exposiciones que se celebren fuera de su ámbito territorial, incluidos los certámenes internacionales, siempre que éstos tengan interés para la comercialización o difusión de las publicaciones o servicios de dichas empresas, o sean de interés para la región.
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Proeli/es-md/l/1999/03/30/5#art-7