Capítulo CAPÍTULO III
Art. 4
4 / 34En vigor desde 16 abr 1999
1. Con el fin de promover la cultura, la Comunidad de Madrid destinará ayudas a las iniciativas de renovación tecnológica y modernización del sector editorial, de artes gráficas y de distribución y venta del libro, incluidas las que se refieren a la utilización de medios informáticos y audiovisuales y redes de telecomunicación, prestando especial atención a la implantación y desarrollo del telepedido como instrumento fundamental en la modernización del sector, siempre que tales ayudas sean compatibles con el Derecho Comunitario y el resto del ordenamiento jurídico.
2. La finalidad y cuantía de las ayudas o subvenciones, los requisitos y el procedimiento para obtenerlas y las obligaciones y condiciones que conlleve su otorgamiento se establecerán por Orden de la Consejería competente por razón de la materia.
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Proeli/es-md/l/1999/03/30/5#art-4