Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Composición y funciones
Art. 21
21 / 27En vigor desde 29 abr 1999
Serán funciones del Consejo Regional de Desarrollo Agroalimentario:
1.ª Asistir a la Consejería competente en materia de agricultura y alimentación y a los órganos de dirección del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario en todas las cuestiones relacionadas con lo previsto en la presente Ley y con las funciones del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario, y en particular:
a) Orientar la actuación del Servicio en el marco de la política agroalimentaria de investigación, desarrollo y transferencia tecnológica fijada por el Consejo de Gobierno.
b) Proponer objetivos y líneas de actuación en materia de investigación y transferencia de tecnología agroalimentaria.
c) Asegurar el seguimiento de las investigaciones realizadas, de los resultados obtenidos y de su transferencia, proponiendo las oportunas actuaciones que procedan a la Consejería competente en materia de agricultura y alimentación y a los órganos de dirección de la entidad.
2.ª Informar sobre:
a) La programación anual y plurianual que aprueba el Consejo Rector.
b) Las líneas de investigación de la entidad que se presenten a financiación externa.
c) Cualquier asunto que se le consulte en el ámbito de los fines, objetivos e instrumentos previstos en la presente Ley.
3.ª Presentar al Consejo de Gobierno, a la Consejería competente en materia de agricultura y alimentación y a los órganos de dirección del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario las propuestas de acuerdos que estime convenientes para un mejor funcionamiento del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario.
4.ª Proponer al Consejo Rector del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario la constitución de comisiones técnicas que contribuyan a una mayor operatividad en el desarrollo de las funciones previstas en el presente artículo.
5.ª Conocer y debatir la memoria de actividades realizadas durante el año precedente por el Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario.
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Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1999/03/29/5#art-21