Art. 21
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Composición y funciones

Art. 21

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En vigor desde 29 abr 1999
Serán funciones del Consejo Regional de Desarrollo Agroalimentario: 1.ª Asistir a la Consejería competente en materia de agricultura y alimentación y a los órganos de dirección del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario en todas las cuestiones relacionadas con lo previsto en la presente Ley y con las funciones del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario, y en particular: a) Orientar la actuación del Servicio en el marco de la política agroalimentaria de investigación, desarrollo y transferencia tecnológica fijada por el Consejo de Gobierno. b) Proponer objetivos y líneas de actuación en materia de investigación y transferencia de tecnología agroalimentaria. c) Asegurar el seguimiento de las investigaciones realizadas, de los resultados obtenidos y de su transferencia, proponiendo las oportunas actuaciones que procedan a la Consejería competente en materia de agricultura y alimentación y a los órganos de dirección de la entidad. 2.ª Informar sobre: a) La programación anual y plurianual que aprueba el Consejo Rector. b) Las líneas de investigación de la entidad que se presenten a financiación externa. c) Cualquier asunto que se le consulte en el ámbito de los fines, objetivos e instrumentos previstos en la presente Ley. 3.ª Presentar al Consejo de Gobierno, a la Consejería competente en materia de agricultura y alimentación y a los órganos de dirección del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario las propuestas de acuerdos que estime convenientes para un mejor funcionamiento del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario. 4.ª Proponer al Consejo Rector del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario la constitución de comisiones técnicas que contribuyan a una mayor operatividad en el desarrollo de las funciones previstas en el presente artículo. 5.ª Conocer y debatir la memoria de actividades realizadas durante el año precedente por el Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario.
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eli/es-as/l/1999/03/29/5#art-21