Título TÍTULO IX
Art. Disposición adicional segunda
63 / 72En vigor desde 26 jun 1999
La Xunta de Galicia procederá a establecer, en el plazo de un año, la normativa adecuada para reestructurar el cuerpo de farmacéuticos titulares.
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Proeli/es-ga/l/1999/05/21/5#disposicion-adicional-segunda