Art. Disposición adicional cuarta
Libro LIBRO IVTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

121 / 133
En vigor desde 31 mar 2017
La Generalidad, en ejercicio de sus competencias, puede delegar al Ayuntamiento de Barcelona, en los términos que se acuerden entre ambas administraciones, las competencias relacionadas con la gestión de las infraestructuras portuarias situadas en esta ciudad. Se añade por el art. 203 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a2-15

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/1998/04/17/5#disposicion-adicional-cuarta