Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 52En vigor desde 23 may 1998
La Comunidad Autónoma de Aragón garantizará a todos los sectores sociales afectados el ejercicio efectivo del derecho a la participación en la programación general de la enseñanza no universitaria en la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y en las disposiciones que la desarrollen.
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Proeli/es-ar/l/1998/05/14/5#art-1