Libro De la acción concertada›Título TÍTULO VIII
Art. Disposición derogatoria única
109 / 111En vigor desde 4 ago 1997
Con efectos desde la entrada en vigor de la presente Ley queda derogada expresamente la Ley de la Generalidad 5/1989, de 6 de julio, de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana, y cualquier otra disposición que se oponga a lo establecido en la presente Ley.
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Proeli/es-vc/l/1997/06/25/5#disposicion-derogatoria-unica