Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 111En vigor desde 4 ago 1997
La presente Ley tiene por objeto regular y estructurar el Sistema Público de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana, garantizando a todos los ciudadanos y ciudadanas y grupos en que éstos se integran:
a) La prevención, tratamiento y eliminación de cualquier causa o situación de marginación o desigualdad social.
b) La coordinación de los recursos y de las iniciativas públicas y privadas, así como de los aspectos sociales de los sistemas sanitarios y educativos.
c) El pleno desarrollo de la persona en el seno de la sociedad y el fomento de la solidaridad y de la participación ciudadana en el campo de los Servicios Sociales.
Los Servicios Sociales se coordinarán con otros sistemas que incidan en la calidad de vida y bienestar social, como los sanitarios, educativos, culturales, medioambientales y urbanísticos.
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Proeli/es-vc/l/1997/06/25/5#art-1