Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª De los demás funcionarios de carrera
Art. 248
Derogado251 / 344En vigor desde 6 nov 1997
El Presidente de la Corporación convocará los procesos selectivos para el acceso a las plazas vacantes que deban cubrirse con personal fijo de nuevo ingreso.
En los supuestos de concurso o concurso-oposición se especificarán los méritos y su correspondiente valoración, así como los medios de acreditación de los mismos.
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Proeli/es-ga/l/1997/07/22/5#art-248